Para realizar la evaluación, la normativa de la UAB establece que el Consejo Académico de doctorado formará comisiones de seguimiento, integradas por tres doctores (entre ellos el director o directora de la tesis).
Para cumplir los requerimientos y objetivos de la evaluación la coordinación del Programa de Doctorado ha establecido el siguiente proceso:
- La Comisión de Seguimiento evaluará, con anterioridad a la defensa pública, los documentos solicitados al doctorando/a, director/a y tutor/a y dirigirá los resultados provisionales de su evaluación a la coordinación del programa.
- La Comisión de Seguimiento realizará y evaluará la defensa pública realizada por el doctorando/a sobre su plan de avances. La sesión pública de la evaluación consistirá en un breve intercambio de preguntas y valoraciones entre el doctorando/a, el director/a de la tesis –que formará parte de la comisión de seguimiento- y el resto de los miembros de la comisión. Las preguntas de la comisión y sus comentarios se basarán en la documentación presentada.
- La evaluación será positiva, positiva con recomendaciones o negativa. En ambos casos estará suficientemente motivada y vendrá acompañada de un apartado de recomendaciones en las que cada miembro de la comisión o la comisión en su conjunto ofrecerá sugerencias para el desarrollo de la investigación y la formación del doctorando/a. Finalmente, considerando el conjunto de documentos y pruebas, la Comisión de Seguimiento evaluará, de modo definitivo, y transmitirá dicha evaluación a la Coordinación del programa que, a su vez, la someterá a consideración del Consejo
Validación del Consejo de Doctorado:
La validación, por parte del Consejo Académico, de las evaluaciones realizadas por las Comisiones de Seguimiento, es preceptiva y obligada. Por tanto, ninguna evaluación realizada será ni publicada ni firme hasta tanto el Consejo Académico no haya cumplido su responsabilidad de evaluación.